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    hace 2 semanas, 4 dias

    Abogados penalistasLa teoría del dominio del hecho de Claus Roxin en el Derecho penal contemporáneo

    Resumen jurídico-forense

    La teoría del dominio del hecho desarrollada por Claus Roxin constituye un criterio fundamental para determinar la autoría en el Derecho penal. Esta construcción dogmática establece que autor es quien tiene el control final sobre la realización del hecho típico, distinguiéndose de la mera participación. La teoría contempla tres modalidades: dominio de la acción (autoría directa), dominio de la voluntad (autoría mediata) y dominio funcional (coautoría). Su aplicación resulta especialmente relevante en delitos de organización criminal, corrupción y criminalidad económica, donde la determinación de responsabilidades penales presenta mayor complejidad estructural.

    Análisis e implicaciones

    La implementación de esta teoría modifica sustancialmente los criterios de imputación penal, superando las limitaciones de las teorías objetivo-formal y subjetiva de la autoría. Permite aborjar casos complejos donde el autor material carece del control real del hecho, mientras que quien ostenta el poder de decisión permanece en segundo plano. Esta perspectiva resulta fundamental para el enjuiciamiento de criminalidad organizada y delitos cometidos a través de estructuras jerárquicas empresariales.

    Aplicación profesional

    El Tribunal Supremo ha incorporado progresivamente estos criterios en su jurisprudencia, especialmente en delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales y corrupción política. La teoría permite fundamentar la responsabilidad penal de directivos empresariales y funcionarios públicos que, sin ejecutar materialmente el delito, mantienen el control sobre su comisión. Su aplicación requiere un análisis pormenorizado de las estructuras organizativas y los mecanismos de toma de decisiones.

    Contexto normativo

    Esta construcción teórica cobra especial relevancia ante la creciente complejidad de las organizaciones criminales contemporáneas y la sofisticación de los delitos económicos. Su desarrollo doctrinal influye directamente en la interpretación de los artículos 27 y 28 del Código Penal, proporcionando herramientas dogmáticas para una aplicación más precisa de los criterios de autoría y participación.

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    Mario Velez

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