• Ana García Gómez ha actualizado una entrada en el grupo Psicólogos Forenses

    hace 18 horas, 29 minutos

    Psicólogos ForensesRegulación emocional en el conflicto: el concepto japonés de Ma y su base fisiológica aplicada a la psicología forense y relacional

    En la tradición cultural japonesa existe el concepto de Ma, que designa el espacio o pausa intencional: no una evasión ni una distancia emocional, sino un silencio deliberado destinado a restaurar la claridad cognitiva. Aplicado a la gestión del conflicto interpersonal, el Ma consiste en detener completamente la interacción —sin teléfonos, sin contacto visual, sin verbalización— durante un período breve, de aproximadamente tres minutos, hasta que la activación fisiológica remita y sea posible retomar el diálogo en condiciones racionales.

    La base neurofisiológica de esta práctica está respaldada por investigaciones sólidas en psicofisiología del conflicto. Cuando se inicia una confrontación, el organismo experimenta una respuesta de estrés agudo: aumento de los niveles de cortisol, incremento de la frecuencia cardíaca y respiración superficial. Este estado de activación del sistema nervioso simpático compromete el funcionamiento de la corteza prefrontal, región responsable del razonamiento, la empatía y la toma de decisiones. En consecuencia, la persona opera desde mecanismos de supervivencia —control, defensa, ataque— y no desde la comprensión. Las palabras emitidas en ese estado tienen mayor probabilidad de causar daño relacional duradero, dado que el tono endurece el mensaje y el receptor lo interpreta desde la misma lógica defensiva.

    La investigación en fisiología del conflicto relacional, incluidos los trabajos del psicólogo John Gottman sobre la inundación fisiológica (flooding), confirma que una pausa genuina de entre tres y veinte minutos permite la regulación del sistema nervioso autónomo, estabiliza la frecuencia cardíaca por debajo del umbral de activación —generalmente fijado en torno a 100 pulsaciones por minuto— y recupera la accesibilidad a los procesos cognitivos superiores. Sin esta desactivación previa, cualquier intento de resolución del conflicto resulta ineficaz o contraproducente. La mayoría de los conflictos relacionales no versan realmente sobre el objeto de la discusión, sino sobre el estado interno de inseguridad que activa el modo de supervivencia. La regulación emocional —y no la intensidad del vínculo afectivo— determina la calidad de la comunicación bajo presión. El Ma practicado de forma sistemática enseña al sistema nervioso del otro que el entorno relacional es seguro, incluso en situaciones de tensión: eso constituye la base de la madurez emocional y de la co-regulación afectiva.

    Resumen jurídico-forense

    El post describe el concepto japonés de Ma como pausa intencional aplicada al conflicto relacional. Identifica la respuesta de estrés agudo —elevación de cortisol, taquicardia, hiperventilación— como factor que inhibe la corteza prefrontal y activa la conducta defensiva. Señala que las palabras emitidas durante la inundación fisiológica (flooding) producen daño relacional duradero. Afirma que pausas de tres minutos estabilizan el sistema nervioso autónomo y restauran la cognición racional. Subraya que el conflicto responde a estados de inseguridad interna, no al objeto aparente de la discusión. Concluye que la co-regulación emocional sistemática genera percepción de seguridad en el vínculo.

    Análisis e implicaciones

    En el ámbito forense, la comprensión de la desregulación fisiológica durante el conflicto tiene implicaciones directas en la valoración de la credibilidad del testimonio, la evaluación de la capacidad volitiva en contextos de violencia interpersonal y el análisis de la intencionalidad. El concepto de inundación fisiológica resulta especialmente relevante en la pericial psicológica sobre violencia en la pareja, regulada en España por la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, donde el estado emocional del agresor y de la víctima durante el episodio violento condiciona la valoración del riesgo y la atribución de responsabilidad.

    Aplicación profesional

    Los psicólogos forenses que realizan peritajes en procedimientos de violencia doméstica o de género deben considerar el nivel de activación fisiológica del sujeto evaluado durante el episodio conflictivo, ya que determina la accesibilidad a funciones ejecutivas como el control de impulsos. Protocolos como el SVR-20 o el SARA —aplicados en España para la valoración del riesgo de violencia en pareja— incorporan variables relacionadas con la regulación emocional. Asimismo, en mediación familiar y en programas de intervención con agresores, la psicoeducación sobre el sistema nervioso autónomo y las técnicas de pausa estructurada forman parte de los protocolos validados de intervención.

    Contexto normativo

    La Ley Orgánica 1/2004 y la Ley 15/2022 de igualdad de trato establecen el marco de intervención en conflictos relacionales con componente de género. El Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Igualdad regulan los protocolos de evaluación forense aplicables. En el ámbito europeo, el Convenio de Estambul (ratificado por España en 2014) obliga a los estados a garantizar intervenciones basadas en evidencia científica sobre dinámica del conflicto y regulación emocional en contextos de violencia interpersonal.

    Artículo relacionado

    Miguel Francisco

    <a href="https://www.linkedin.com/posts